domingo, 15 de septiembre de 2013

LA DIVA ALAYA

[Nuevo artículo en Publicoscopia]


   El telón va a caer. La escena final de la obra operística se encuentra en su culmen. La diva se acerca sigilosa hacia delante. A sus pies, la orquesta, y más allá, el público deseante.


    La juez Alaya ha dado el do de pecho ante la orquesta de fotógrafos y cámaras apostados diariamente ante la entrada de los Juzgados del Prado de San Sebastián. Ha escenificado ante la embelesada opinión pública la más grande de las actuaciones melodramáticas que podría exigirse de una cantante en una de esas tragedias musicales del siglo XIX.


     La diva en su canto final tenía libertad absoluta por parte del compositor para interpretar a gusto el papel clásico.


    Una de las primeras opciones era clavarse el puñal suicidándose, es decir, apunta su ánimo de imputación hacia los aforados desde un primer momento, dejando toda la causa en manos del tribunal superior competente. Se daba a sí misma muerte, mediáticamente hablando. Pero lo descartó.


    Otra posibilidad que tantea y revolotea en sus pensamientos posee semejante carga de romanticismo. Hace acto de presencia ante la corte y allí empieza a acusar a los cortesanos señalándolos con el dedo, pero jamás al soberano. Este sería tanto como decir que se hubiera dedicado en poner todo su empeño en centrar las investigaciones en buscar todas las pruebas acusatorias contra el círculo del sindicalista conseguidor Lanzas y el putero Delegado de Empleo de Sevilla.


    Pero terminó buscando una tercera opción: secuestrar al rey y llevárselo por la fuerza, con la daga en el cuello real. Agarrándolo por detrás se dirige a las almenas de la muralla, y a pesar de la insistencia de los soldados, allí se arroja al vacío arrastrando consigo al soberano. Muere ella mediáticamente, y el rey también fallece. Griñan también ha muerto para la política.


    Esta última opción es finalmente la escogida por la juez Alaya cuando dictó auto de imputación el pasado 10 de septiembre contra los ex presidentes Chaves y Griñán, a la vez que afirma que “no puede realizar con respecto a los aforados un juicio formal de imputación”.


    Nada se puede reprochar a la magistrada por el empleo del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuya inclusión fue votada alegre y mayoritariamente por el Congreso (página 8430 de la sesión de 30 de mayo de 2002). Como siempre, aquello fue un caso más de ombliguismo por los representantes del pueblo español, quienes desdoblaron un artículo en dos, de modo que el artículo 118 se refiriera a “toda persona a quien se impute…” mientras que el 118 bis habla de las imputaciones “contra un Diputado o Senador”. Ya saben, abajo nos situamos los españoles de a pie, y tirados en el mísero suelo observamos las andanzas de los Políticos que son raza superior a las personas normales y que se magnifican con las Mayúsculas.


      Lo que a veces pasa inadvertido del caso de los ERE es su doble vertiente. Por un lado, está el fenómeno de la corrupción, los fraudes de los listados de beneficiarios de los distintos Eres en que participó Lanzas metiendo a familiares ajenos a la reestructuración de empresas e incluso políticos como el que fuera consejero Antonio Fernández con su prejubilación “desde la cuna” en el ERE de la bodega González-Byass. Y por otro lado, no debemos olvidar el avance en la instrucción con la intervención, valga la redundancia, del interventor denunciando el supuesto establecimiento de un sistema ajeno a ley de subvenciones prevaricando a tal fin altos cargos de la Junta de Andalucía.


    Es importante tenerlo presente porque son fácilmente separable ambos asuntos, y así debió hacerlo la magistrada del Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla dividiendo desde un principio el caso en dos, quedándose con el asunto de los fraudes en las prejubilaciones de ajenos a las empresas en crisis, y dejando el asunto importantísimo de la posible  prevaricación sobre la mesa del Tribunal Supremo. Resulta evidente que los olores nauseabundos de la corrupción hacen llevarnos la mano a la nariz, pero ello no nos debe nublar la visión de un asunto que sería incluso más grave. Prevaricar por parte de un político es actuar contra la raíz misma de la democracia, comportándose de modo arbitrario, algo del pasado que sólo estaba al alcance de los reyes absolutistas.


    Les recomiendo a tal fin el informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre fiscalización de las ayudas de los ERE entre los años 2001 y 2010, convertido en un museo político de los horrores en sus conclusiones (páginas 55 y siguientes); así como el informe del interventor general de la Junta, mostrado el pasado mes de julio por el Diario El País, donde nos señala que el uso de una figura presupuestaria indebida (página 58 del pdf) suponía apartarse del control administrativo previo.


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