jueves, 9 de mayo de 2013

INFANTA - MONGOLIA


   
     Imputar a la Infanta no es fácil. Debieron tragar saliva en la Audiencia Provincial de Palma. No me tachen directamente de republicano, de querer el aguillotinamiento de las reales cabezas. Vayamos a analizar con rigor el auto de la Audiencia que suspende la imputación de la Infanta Cristina.

     Reputar de bochornosa la actuación de la defensa de la Infanta Cristina se queda corto. Según se indica en el auto de la Audiencia, utilizaron como argumento de primer orden una vulneración del principio de igualdad. Igualdad pide un miembro de la Familia Real. Esto produciría una carcajada unánime de los millones de españoles que vivimos al otro lado de los muros de La Zarzuela, si no fuera porque es tristísimo observar que a continuación hicieron indicaciones a la magistratura en su recurso como las que sigue: "para dirigir la imputación contra determinadas personas públicas... se ha de proceder con suma cautela... y especial cuidado". Contradicción a todas luces, pero, ya se sabe, la sangre azul tiene prerrogativas  que los comunes nunca alcanzaremos. Si tienen que decir una cosa y la contraria, lo harán, y por la gracia de Dios.

 
     Computa la Audiencia hasta catorce indicios en los que se basa el juez Castro para llevar a cabo la citación en calidad de imputada de Cristina de Borbón... y Grecia (yuyu, yuyu). Sin embargo, pasa muy por encima de ese listado de indicios para extraer conclusiones rápidas. Lo significativo es que siempre en Derecho se actúa dentro de los cauces de la racionalidad, y así siempre hablamos de indicios racionales u objetivos. Pues sorprende que la Audiencia haya adjetivado de "vehementes" los indicios que exige al juez instructor para realizar una imputación clara a la Infanta. Hasta ahora la pasionalidad era un extremo muy alejado de las salas judiciales. Lo más cercano era aquel vago concepto de "alarma social" que se usó para decretar prisión provisional en determinados casos de importancia mediática. Afortunadamente se desterró en 2003 de las leyes procesales: nunca se sabía si los medios de comunicación de masas se hacían eco o más bien fabricaban el sentir popular.


     Amputarse la propia Justicia el brazo que sostiene la balanza con la espada que dirige el otro brazo. Eso es lo que ha sucedido. Siempre hablando de politización de la justicia, de judicialización de la política. Y nos encontramos con la arrebatadora pasionalización de las togas. Es la posmoderna judicatura. Por un lado, con el mazo dando; por otro, secándose las lágrimas en las puñetas por el fallo de una sentencia. Argumentando que la Infanta da mucha lástima porque todos conocemos de muchas asociaciones y fundaciones que tienen a "personalidades de relevancia pública" con un papel de "mera figuración". Para extrañamente decir después que pudo saber de la evasión fiscal de Nóos.

     Disputar en buena lid o discutir sobre estas argumentaciones es necesario.¿Era ella relevante o no lo era dentro del Instituto Nóos? Aquí se ha prejuzgado que no tenía un papel relevante cuando el propio auto admite que nunca se celebraban sesiones de la Junta Rectora de Nóos, de modo que era difícil discernir las responsabilidades de cada uno de los miembros. En ese sentido, el juez Castro llamó a declarar a todos los rectores de Nóos, incluido al Secretario de las Infantas. Sorprende que se imputara a éste cuando de la investigación no se conoce beneficio pecuniario alguno, lo cual sí se admite de la sociedad conyugal de Iñaki y doña Cristina quienes al 50% eran dueños de la sociedad limitada (esto es, con ánimo de lucro) Aizoon. Incluso en el auto se permiten deducir juicios de voluntad de la Infanta recurrente. Se explica que tras la denuncia en marzo de 2006 en el parlamento balear de posibles irregularidades, la Infanta salió de Nóos, y se intuye que eso sucede porque se da la voz de alarma por parte de la Casa Real. Con ello, se pretende decir que esa inocente criatura huyó avergonzada de aquel antro de bochornosos mafiosos. No obstante, eso mismo tendría que ser objeto de interrogatorio por el juez Castro, y no sacar deducciones rápidas. Tendría que ser preguntada al respecto, porque una hipótesis tan válida como la anterior es que actuara de dicho modo para romper su vínculo entre su vocalía en Nóos y su participación en Aizoon, sociedad pantalla a través del cual parte del dinero de las subvenciones fue para pagar a un servicio doméstico con cofias y uniformes, imaginamos, de tejidos muy caros. Sorprende dejar caer esa candidez de Cristina de Borbón para al final del auto señalar "dudoso que (ella) desconociera que esos ingresos podían suponer un delito contra la Hacienda pública".

     Esta la p*** Justicia que tenemos, parafraseando el titular del último número de la Revista Mongolia.



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